REGISTRO EN EL PADRÓN DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES

La Importación de bienes o la introducción al país de bienes de procedencia extranjera y Exportación, que es lo contrario, lo puede hacer directamente el interesado o lo puede hacer a través de un intermediario, en ambos casos se debe de contar con el registro ante el Padrón de Importadores y Exportadores.

Cualquier persona se puede inscribir en el padrón, con tan solo estar inscrito en el R.F.C., contar con e-firma, estar al corriente con sus obligaciones fiscales, contar con opinión de cumplimiento positiva, tener un domicilio fiscal y buzón tributario validado, contar con un agente aduanal y no encontrarse en el listado a que se refiere el artículo 69 y 69-B del C.F.F. (Efos-Edos).

El trámite se realiza a través de la página del Servicio de Administración Tributaria (S.A.T.)

Es importante contar con toda la información anteriormente mencionada, revisada cuidadosamente y de manera adminiculada para evitar su rechazo.

En VVS Contadores, somos diligentes, asertivos y tenemos amplia experiencia en promosiones ante las Autoridades Fiscales; por lo que, estamos a tus órdenes para asesorarte y ayudarte en la preparación y presentación de este trámite.