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GENERACIÓN DE FIRMAS ELECTRÓNICAS
Conforme el artículo 19-A del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes están obligados a contar con la Firma electrónica de las personas morales y personas físicas, así como la de su representante legal, para la realización de cualquier trámite ante las Autoridades Fiscales.
Esté trámite hay que hacerlo personalmente a través de una cita, que hoy por hoy, hay que hacer fila virtual en virtud de la saturación de los servicios del SAT.
Se recomienda que el contribuyente sea asesorado y acompañado a las Instalaciones del SAT para evitar contratiempos y que se le dé mal uso a los datos y documentos proporcionados y recibidos y que son estrictamente confidenciales.
En VVS Contadores, estamos a tus órdenes para asesorarte y acompañarte a solicitar tu firma electrónica.