CONFRONTA DE COMPROBANTES FISCALES.

Los contribuyentes están obligados a emitir comproantes fiscale por los actos o actividades realizadas, por los ingresos percibidos y por las retenciones efectuadas; tambien está obligado a solicitar comprobantes, por la adquisicion de bienes y servicios, por el arrendamiento, por el pago parcial o total, y cuando nos retengan impuestos.

Hay dos tipos de comprobantes los digitales por internet (CFDI) y los simplificados (Tikets); los primeros se emiten a contribuyentes del impuesto que lo ocupan para deducirlo para ISR o acreditarlo para IVA y los Tikets para el público en general, que no está inscrito o que no lo requiere para deducirlo o acreditarlo.

  • Comprobantes para Contribuyentes del Impuesto
  • Comprobantes para el Público en General

Es importante saber que estos documentos amparan información que sirve para la determinación de contribuciones y que el SAT la tiene en su base de datos, por lo que se debe de tomar providencias para evitar discrepancias y por ende revisiones y la determinación de posibles créditos fiscales.

En VVS Contadores, estamos a tus órdenes para asesorarte, revisar e implementar un sistema de facturación acorde a lo que establecen las disposiciones fiscales y verificar que la información con que cuentas coincide con los registros del SAT en su base de datos.