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CONFRONTA DE COMPROBANTES FISCALES.
Los contribuyentes están obligados a emitir comproantes fiscale por los actos o actividades realizadas, por los ingresos percibidos y por las retenciones efectuadas; tambien está obligado a solicitar comprobantes, por la adquisicion de bienes y servicios, por el arrendamiento, por el pago parcial o total, y cuando nos retengan impuestos.
Hay dos tipos de comprobantes los digitales por internet (CFDI) y los simplificados (Tikets); los primeros se emiten a contribuyentes del impuesto que lo ocupan para deducirlo para ISR o acreditarlo para IVA y los Tikets para el público en general, que no está inscrito o que no lo requiere para deducirlo o acreditarlo.
- Comprobantes para Contribuyentes del Impuesto
- Comprobantes para el Público en General
Es importante saber que estos documentos amparan información que sirve para la determinación de contribuciones y que el SAT la tiene en su base de datos, por lo que se debe de tomar providencias para evitar discrepancias y por ende revisiones y la determinación de posibles créditos fiscales.
En VVS Contadores, estamos a tus órdenes para asesorarte, revisar e implementar un sistema de facturación acorde a lo que establecen las disposiciones fiscales y verificar que la información con que cuentas coincide con los registros del SAT en su base de datos.