CUMPLIMIENTO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO

La Ley para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, (PLD), con el propósito de proteger al sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, de acuerdo con la Ley, a través de regular algunas actividades vulnerables.

Se consideran actividades vulnerables conforme esta Ley, entre otras, el intercambio de activos virtuales, los desarrollos inmobiliarios, los juegos, concursos y sorteos, emisión de tarjetas de servicio y crédito, tarjetas de prepago y cupones, tarjetas de devolución y recompensas,  cheques de viajero, operaciones de mutuo, préstamo o crédito, servicio de blindaje, la compra venta de inmuebles, los servicios de construcción,  compra venta de metales, joyas y obras de arte,  la compra venta de vehículos (aéreos, marítimos y terrestres), traslado o custodia de valores, servicios profesionales, donativos, algunas actividades de comercio exterior, arrendamiento de inmuebles y algunas operaciones realizadas ante notario público.

El solo hecho de realizar actividades vulnerables, no implica, la realización de actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, no debe de ser motivo de pánico, siempre y cuando se cumpla con las obligaciones de presentar avisos y la información que se solicite en esta Ley entre otras:

  1. Estar inscritos en el RFC.
    1. Contar con Fiel.
    1. Darse de alta en el padrón de personas que realizan actividades vulnerables.
    1. Identificar a los clientes con quienes realicen actividades vulnerables.
    1. Integrar expedientes de identificación de Clientes o Usuarios.
    1. Presentar avisos e informes correspondientes a las actividades vulnerables.

El incumplimiento de estas obligaciones, y repito, sin que aun sean consideradas como lavado de dinero, trae como consecuencia el pago de multas muy cuantiosas que pueden ir desde 200 UMAS (unidad de medida y actualización) equivalentes a $ 17,924.00 y en el peor de los casos hasta 65,000 UMAS equivalentes a $ 5,825,300.00, cifras vigentes para 2021

En VVS Contadores, somos diligentes, asertivos y tenemos amplia experiencia en el tema; por lo que, estamos a tus órdenes para asesorarte y ayudarte a implementar un esquema que te permita cumplir con estas disposiciones.

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